lunes, 21 de marzo de 2022

Un Punto en Derecho Mercantil

Existen elementos que nos ayudan a respaldar y cobrar deudas dentro de lo mercantil, uno y el mas importante es el pagare, estudiemos juntos de la mano del Lic. José Francisco López Flores. a traves dee estos dos videos. 



¿Qué es un pagaré? El pagaré es un documento que contiene una promesa incondicional de pago de una suma determinada de dinero que una persona llamada suscriptor hace a otra persona llamada tenedor o beneficiario. ¿Quiénes son las personas que pueden intervenir en un pagaré? Las personas que intervienen en un pagaré son: El librado: Es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable. La persona del librado coincide con la del librador que es aquel que emite el pagaré. El beneficiario o tenedor: Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré, si este ha sido transmitido o endosado por el librador. El avalista: Es la persona que garantiza el pago del pagaré. Además existen elementos de validez los cuales son principales elementos para que el pagaré tenga valor los cuales son: El pagaré debe contener: La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; La época y el lugar del pago; La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. ¿QUÉ PASA SI NO SE PONE DÍA Y LUGAR DEL PAGO DEL PAGARÉ? Si el pagaré no menciona la fecha de su vencimiento, se considerará pagadero a la vista, si no indica el lugar de su pago, se tendrá como tal el del domicilio del que lo suscribe. FORMAS DE VENCIMIENTO Las formas que se puede dar el vencimiento de un pagaré son: A la vista. Pagadero mediante su presentación o si no se indica fecha de pago. A cierto tiempo vista. Debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a su fecha de expedición para fijar su fecha de vencimiento. A cierto tiempo fecha. Pagadero en el plazo que se fije después de una determinada fecha. A día fijo. Es el más común, señalando un día determinado. ¿Por qué el pagaré es un título de aparejada ejecución? Por que se exige un cumplimiento del mismo, con la inmediatez debida. El Titulo de crédito es un documento que autoriza al portador legítimo para ejercitar contra el deudor y transferir el derecho literal y autónomo en él consignado ¿Cómo cobrar por vía judicial un pagaré? Un pagaré se puede cobrar por vía judicial al día siguiente de su vencimiento, a través de a la Acciones cambiarías en el pagaré las cuales pueden ser: Directa. Se da contra el suscriptor y el aval si existe. Prescribe en tres años, contados a partir del vencimiento. De regreso. Se ejercita en contra de los demás signatarios del pagaré para el caso de que hubiese circulado por endoso en propiedad o cesión ordinaria. ¿Cuál es la caducidad de la acción cambiaria del pagaré ? La caducidad en la acción cambiaria del pagaré opera: a) Por no haberse presentado el pagaré para su pago en el lugar y dirección señalados. b) Por no haberse presentado en tiempo. c) Por no haberse levantado el protesto. d) Por no haber ejercitado la acción dentro de los tres meses que sigan a la fecha del protesto. e) Por no haber ejercitado la acción dentro de los tres meses que sigan a la fecha en que alguno de los obligados hubiere liquidado el pagaré. f) Por haber prescrito la acción directa o porque haya de prescribir dentro de los tres meses siguientes. La acción cambiarla de regreso en el pagaré prescribe en tres años, contados a partir de la fecha de vencimiento o de la terminación del plazo legal de presentación de los pagarés suscritos a la vista
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